¿Otro CRT? – El espejismo de la competencia
Por: Salvador Jes Gazete
Ante el escenario de los juicios contra grandes marcas tequileras en EEUU o movimientos como el infame additivefree, revive un añejo debate sobre quién debe vigilar la normatividad, sin embargo este debate siempre termina en el mismo callejón ¿Debe existir un solo organismo certificador que concentre el poder, o la apertura a la libre competencia mejora el servicio a los productores? Y más importe aún ¿Garantiza la apertura mejores productos a los consumidores?
Si miramos al tequila, el Consejo Regulador del Tequila (CRT) mantiene un monopolio de facto que a menudo genera incomodidad. Sin embargo, al observar el experimento de “apertura” en el mezcal —con la entrada de múltiples organismos certificadores—, la promesa de transparencia se ahogó en pleitos políticos, multas antimonopolio, litros de destilado varados y la permanencia de la clandestinidad.
En este post quiero explicar por qué el andamiaje legal hace inviable dividir la certificación del tequila y cómo la politización de la certificación ha golpeado al mezcal. Pero para entender ambos temas, es necesario diseccionarlos.
El Tequila y la barrera a los certificadores paralelos
Aunque la Ley de la Infraestructura de la Calidad (que sustituyó a la antigua Ley Federal sobre Metrología y Normalización) permite teóricamente la existencia de múltiples Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC) para una misma Norma Oficial Mexicana (NOM), en el caso del tequila esta duplicidad choca contra un muro legal e institucional. La imposibilidad de tener un organismo paralelo al CRT se sostiene en cinco argumentos fundamentales:
- Titularidad del Estado y la indivisibilidad de la Denominación de Origen
A diferencia otros productos donde la calidad se certifica libremente, el Tequila es una Denominación de Origen (DOT). Legalmente, el Estado Mexicano es el único titular de esta denominación y el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) es su administrador. Al ser un patrimonio del Estado, su protección exige uniformidad. Y aunque sus opositores no estarán de acuerdo, fragmentar la vigilancia en varios organismos privados diluiría el control gubernamental sobre su propio patrimonio, dificultando la aplicación de sanciones uniformes y abriendo la puerta a interpretaciones dispares de la NOM. - El Registro único de Agave
Este es, quizás, el mayor impedimento técnico y legal. Para certificar un tequila, la normatividad exige una trazabilidad absoluta, planta por planta. Actualmente, el CRT controla de manera centralizada el Registro de plantación de predios y emite las guías o “pasaportes” de traslado para cada piña de agave.
Si existieran dos o más organismos, tendrían que compartir esta gigantesca base de datos agrícola en tiempo real. La falta de un sistema unificado y neutral abriría lagunas legales donde un productor podría “dobletear” el registro de sus plantas, o triangular agave no autorizado entre las bases de datos de distintos certificadores, colapsando el sistema de balance de materiales. - El riesgo de la “Competencia a la baja” (Race to the bottom)
Los organismos certificadores son entidades privadas que cobran por sus servicios. Si el mercado de la certificación se abriera, surgiría un peligroso incentivo económico: relajar el rigor de las inspecciones para atraer a más productores como clientes. En el marco jurídico de las Denominaciones de Origen, permitir que la normatividad se flexibilice por intereses comerciales erosionaría rápidamente el prestigio de la categoría en el mundo y violaría la garantía de certeza que se le debe al consumidor final. - Reconocimiento aduanero y Tratados Internacionales
El Tequila cuenta con un andamiaje legal internacional complejo. Para exportar, las aduanas de mercados clave (como la Unión Europea, Estados Unidos o China) exigen el Certificado de Exportación emitido por el CRT. Los tratados bilaterales reconocen legalmente la firma, los hologramas y los sellos de este consejo como la única garantía válida del Estado Mexicano. Introducir un segundo organismo obligaría a renegociar de forma individual los anexos técnicos aduaneros con decenas de países, generando incertidumbre jurídica y paralizando exportaciones millonarias. - La postura Inflexible del IMPI y la OMPI
Institucionalmente, las máximas autoridades de Propiedad Intelectual rechazan la apertura del mercado certificador. El IMPI ha señalado reiteradamente que la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) utiliza al CRT como el ejemplo prototípico a nivel global de cómo debe operar un organismo de defensa de una Indicación Geográfica. Promover un organismo paralelo es considerado oficialmente un “sinsentido” jurídico que debilitaría la defensa del tequila ante controversias de piratería internacional.
El Mezcal y el colapso de la multicertificación
La industria del mezcal intentó un camino distinto bajo el estandarte de la democratización y la libre competencia económica.
Históricamente, el Consejo Mexicano Regulador de la Calidad del Mezcal (CRM, hoy Comerciam) operó como el ente único. Sin embargo, ante el descontento de múltiples productores por burocracia, costos elevados y acusaciones de favoritismo, las autoridades federales (Dirección General de Normas) comenzaron a autorizar a nuevos organismos —como PAMFA, CIDAM, Certificación Mexicana, entre otros— para evaluar la NOM-070.
Lejos de optimizar la industria, esta apertura provocó una crisis de proporciones históricas.
La Guerra judicial y el “Holograma de la discordia”
En lugar de competir mejorando sus tiempos de respuesta o bajando costos, la industria se atrincheró en tribunales. El organismo original (CRM) interpuso múltiples amparos argumentando que los nuevos certificadores no tenían la capacidad técnica y ponían en riesgo la Denominación de Origen. Estas batallas legales lograron suspensiones temporales que causaron confusión masiva: un productor podía certificar su lote con un organismo nuevo, pero legalmente no sabía si su producto sería válido al día siguiente.
Intervención de la COFECE y prácticas monopólicas
La situación degeneró a un nivel que obligó a intervenir a la Comisión Federal de Competencia Económica. En una resolución contundente en 2024, la Cofece multó a los responsables de la certificación original con millones de pesos tras comprobar prácticas monopólicas relativas.
El dictamen demostró que se negaban injustificadamente a prestar servicios de certificación a ciertos productores y comercializadores como represalia, usaban su poder para asfixiar a la disidencia, y obstaculizaban activamente la operación de los nuevos organismos. La normatividad se usó como un arma de extorsión comercial, no como una herramienta de calidad.
Fractura institucional y Mezcal varado
El conflicto político interno del CRM llevó a episodios surrealistas, incluyendo facciones disputándose el control de las oficinas, asambleas desconocidas mutuamente y la sustracción de inventarios de hologramas y servidores informáticos. En medio de este fuego cruzado político, la cadena productiva colapsó temporalmente. Cientos de pequeños maestros mezcaleros y marcas independientes se quedaron con miles de litros almacenados en sus palenques sin poder certificar, envasar ni vender.
En conclusión el análisis cruzado de ambas industrias arroja una conclusión clara: la multicertificación en los destilados de agave no funciona sin un ente estatal, verdaderamente neutral, que centralice la trazabilidad.
El caso del mezcal demuestra que introducir múltiples organismos privados compitiendo entre sí, sin que el Gobierno administre directamente el registro del maguey (como un árbitro imparcial), no genera transparencia, sino balcanización y coyotaje.
Mientras el tequila paga el precio de lidiar con las fricciones de un monopolio de facto para mantener un control férreo que blinda su defensa legal en el mundo, la experiencia del mezcal nos deja una dura lección. La política corporativa y las guerras territoriales entre organismos certificadores pueden hacerle más daño económico a un pequeño productor que la propia competencia desleal o la piratería. En el mundo de las Denominaciones de Origen, a veces la cura de la “libre competencia” resulta mucho más letal que la enfermedad del monopolio.
¿Dar el control a la COFEPRIS?
Hay quienes claman porque sea la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios, sea quien haga las certificaciones a los destilados, sobre el papel, es una propuesta sumamente atractiva, porque atacaría de raís el problema principal, quitarle el poder a los monopolíos privados (y a sus intereses políticos o comerciales) para devolverle el control absoluto al Estado sobre su propiedad.
Sin embargo bajo la estructura legal actual de México esto sería un desastre operativo bajo los siguientes argumentos.
- Incompatibilidad de mandatos (Salud vs. Propiedad Intelectual)
La COFEPRIS tiene un mandato exclusivamente de salud pública. Su trabajo es asegurar que lo que consumes no te mate o te enferme (vigilando la NOM-142, que aplica a todas las bebidas alcohólicas).
Las certificaciones de Tequila (NOM-006) y Mezcal (NOM-070) no son normas de salud, son normas comerciales y de Propiedad Intelectual. Evalúan perfiles químicos, métodos de elaboración tradicionales y el uso de materias primas específicas para proteger una Denominación de Origen. Pedirle a la COFEPRIS que vigile si un destilado se coció en horno de mampostería o en autoclave es exigirle a un regulador sanitario que actúe como un auditor cultural y comercial, algo que está completamente fuera de su jurisdicción legal. Al menos actualmente. - El cuello de botella burocrático
Actualmente, la COFEPRIS está notoriamente rebasada; la aprobación de medicamentos, dispositivos médicos y permisos de importación puede tardar años. Para las plataformas enfocadas en la comercialización de pequeños productores, o para el desarrollo de proyectos independientes, este cuello de botella sería letal. Si actualmente la creación y registro de recetas especializadas requiere navegar regulaciones complejas, hacerlo depender de los tiempos de un sistema de salud saturado paralizaría la innovación. El dinamismo de los catálogos en línea y las marcas emergentes desaparecería bajo meses de espera burocrática por cada lote. - Falta de infraestructura agronómica
El corazón de la certificación de los destilados de agave es el campo. El CRT y los organismos del mezcal requieren ejércitos de inspectores y agrónomos verificando guías de traslado, madurez de las piñas, inventarios en palenques y el balance de materiales. La COFEPRIS está diseñada para inspeccionar laboratorios, farmacias y restaurantes, no para meterse a las sierras y valles a contar plantas de agave. Tendrían que crear una infraestructura agrícola masiva desde cero. - Conflictos en el Comercio Internacional
Los tratados internacionales y las aduanas extranjeras reconocen al Tequila y al Mezcal bajo el amparo de la Secretaría de Economía y el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). Si la certificación pasara a ser un apéndice de la Secretaría de Salud (vía COFEPRIS), habría un vacío legal en las aduanas de la Unión Europea y Estados Unidos, ya que los anexos técnicos que protegen nuestras exportaciones no reconocen a las autoridades sanitarias como garantes de indicaciones geográficas.
La alternativa “viable”: Un “Instituto Nacional del Agave”
Si la intención es que el Estado recupere el control y elimine los feudos privados, la solución no es la COFEPRIS, sino un modelo centralizado bajo la Secretaría de Economía o la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER).
Un ejemplo de esto es el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) en Argentina o el INAVI en Uruguay: organismos públicos, descentralizados, con presupuesto propio, dedicados exclusivamente a vigilar la industria vitivinícola.
Crear un instituto gubernamental especializado en destilados de agave absorbería a los organismos privados, estandarizaría los costos, mantendría el rigor técnico en el campo y actuaría como un árbitro neutral, protegiendo hipotéticamente tanto a la gigantesca fábrica industrial como al pequeño maestro destilador sin los vicios de las guerras corporativas. Sin embargo en un país donde la corrupción gubernamental es latente ¿Es realmente positivo?
Y es que hay que ser muy escéptico con esta alternativa que parece viable, asumir que “estatizar” o devolverle el poder absoluto al gobierno es la solución mágica es pecar de ingenuidad, especialmente en el contexto mexicano. De hecho, centralizar la certificación en un órgano gubernamental puro trae consigo riesgos operativos que podrían ser letales, particularmente para los proyectos independientes y de menor escala.
Si bien los monopolios privados (como el CRT) o las guerras de organismos (como en el mezcal) tienen sus graves defectos, la administración pública presenta tres grandes amenazas que justifican por qué la industria le tiene tanto miedo a la intervención estatal directa:
La maldición sexenal
La defensa de una Denominación de Origen en el extranjero requiere continuidad técnica y legal de décadas. Los organismos privados construyen memoria institucional y retienen a especialistas (agrónomos, químicos, abogados internacionales).
El gobierno de México, por el contrario, se reinventa cada seis años. Un instituto estatal corre el riesgo de sufrir purgas de personal calificado en cada cambio de administración para colocar perfiles políticos sin experiencia técnica, destruyendo la credibilidad de los certificados ante las aduanas internacionales.
El impuesto del tiempo
El mayor defecto del gobierno es la burocracia. Un organismo privado, al final del día, es un negocio; cobra por certificar y por lo tanto, tiene el incentivo de hacer las inspecciones con cierta agilidad para facturar.
Si la certificación dependiera de una dependencia gubernamental, el ritmo de trabajo estaría atado al presupuesto público. Si hay recortes, si los inspectores se van a huelga, o si simplemente el sistema informático se cae, la cadena productiva se paraliza.
El impacto real: Para una macro-fábrica, un retraso de un mes es una molestia manejable. Pero para quien está construyendo una destilería tradicional o lanzando lotes pequeños de marcas independientes, tener el producto detenido ocho meses esperando que un burócrata firme una liberación de lote significa la muerte por flujo de efectivo.
La captura del Estado y el lobby industrial
Existe el mito de que el gobierno es un árbitro neutral. En la realidad, las agencias gubernamentales son altamente susceptibles a la “captura del Estado” por parte de los gigantes corporativos.
Las corporaciones multinacionales tienen un poder de cabildeo inmenso. Si el gobierno tuviera el control total, estas mega-empresas podrían ejercer presión política para modificar la normatividad a su favor. Por ejemplo, podrían presionar para relajar las reglas sobre el uso de difusores, alterar los límites de ciertos compuestos, o exigir requisitos de infraestructura inalcanzables que terminarían borrando del mapa a las destilerías artesanales bajo la excusa de la “modernización”.
Marco Normativo y Legal (Leyes y NOMs)
Estas son las leyes y normas oficiales que establecen las reglas del juego descritas en el texto:
Ley de Infraestructura de la Calidad: (Publicada en el Diario Oficial de la Federación en 2020, abrogó la Ley Federal sobre Metrología y Normalización). Es la ley que permite la existencia de múltiples Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC).
Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial: Establece en su Título Décimo que el Estado Mexicano es el único titular de las Denominaciones de Origen (DOT y DOM) y que el IMPI es la autoridad que autoriza su uso.
NOM-006-SCFI-2012 (Bebidas Alcohólicas – Tequila – Especificaciones): Documento técnico que exige el “Balance de materiales” y el registro estricto de predios para el Agave tequilana Weber variedad azul.
NOM-070-SCFI-2016 (Bebidas Alcohólicas – Mezcal – Especificaciones): Norma que rige a la industria del mezcal y a sus diversos organismos certificadores.
NOM-142-SSA1/SCFI-2014: Norma en materia de salud pública, vigilada por la COFEPRIS, enfocada en especificaciones sanitarias y etiquetado para bebidas alcohólicas (evidencia de la incompatibilidad de mandatos de COFEPRIS para temas de propiedad intelectual).Resoluciones Antimonopolio (El caso del Mezcal)
El sustento legal sobre la sanción al antiguo CRM por bloquear a la competencia:
Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece): Resolución del Pleno (Expediente DE-043-2018 / DE-004-2019 y sus resoluciones posteriores). En marzo de 2024, la Cofece confirmó multas millonarias contra el Consejo Mexicano Regulador de la Calidad del Mezcal (hoy Comerciam) y sus directivos por “prácticas monopólicas relativas”, comprobando que se rehusaron a prestar servicios y obstaculizaron el mercado de certificación.Postura Internacional (IMPI y OMPI)
El respaldo sobre cómo se percibe la defensa internacional del Tequila:
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI/WIPO): En sus repositorios de “Indicaciones Geográficas”, la OMPI documenta el caso del Consejo Regulador del Tequila (CRT) como un modelo de estudio global para la trazabilidad y protección de una Denominación de Origen en tratados internacionales.
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI): Declaraciones institucionales y foros públicos de directores generales del IMPI (históricos y recientes) donde reiteran el blindaje del Tequila en aduanas a través del Certificado de Exportación del CRT y los arreglos de Lisboa y Ginebra.Hemeroteca y Crisis del Mezcal (Contexto Histórico)
Para la parte de la “fractura institucional y el mezcal varado” ocurrida fuertemente entre 2021 y 2022:
Registros periodísticos de la crisis del CRM: Documentación en medios de negocios e industria (como El Economista, El Financiero y prensa local en Oaxaca) sobre la disputa por las oficinas del CRM, la existencia de mesas directivas paralelas, la desaparición de hologramas y el paro forzado de actividades en los palenques por la falta de guías de tránsito.
Acreditación de nuevos OEC: Publicaciones de la Dirección General de Normas (DGN) en el Diario Oficial de la Federación autorizando a organismos como CIDAM (Centro de Innovación y Desarrollo Agroalimentario de Michoacán), PAMFA y Certificación Mexicana (CERTIMEX) para evaluar la NOM-070.
